Resumen:
La Administración Municipal de San Cristóbal, en la Provincia de Galápagos, 
consecuentes con la necesidad de mejorar la administración y gestión de la 
acciones municipales y en especial del sistema de recaudación de impuestos y 
tasas ha tenido en los últimos años grandes pérdidas por la falta de una cultura 
tributaria  que permitan recaudar de manera eficiente los cobros debidos a 
impuestos y tasas, que constituyen parte importante del presupuesto municipal, 
además de ser el principal recurso  para  la planificación de proyectos, programas 
y actividades a realizar dentro de la comunidad. 
 
El cobro coactivo como procedimiento de recaudación debe ser manejado bajo un 
sistema planificado organizado y direccionado con la mayor prolijidad del caso a 
fin de evitar  tergiversaciones de un sistema que si bien permita educar a la gente 
en cuanto a cultura tributaria, también se permitan tomar las medidas correctivas 
para logar recaudar los montos adeudados, sin tener necesariamente que llegar al 
embargo de activos, más bien buscando la alternativa para que la población pueda 
cancelar los haberes adeudados al municipio y este pueda revertirlos  mediante  la 
selección de Programas y Proyectos de interés municipal y regional. 
 
Este resumen ejecutivo contiene información sobre aspectos generales del 
Territorio, describe la problemática más significativa que inhibe el desarrollo actual del Municipio. Presenta además de la situación actual un direccionamiento 
estratégico  encaminado hacia la mejora de la gestión administrativa para el cobro 
coactivo identificando  procedimientos en apego a leyes  y ordenanzas  
municipales, para definir  un modelo  de como solución a la situación identificada 
en el territorio municipal. Estos serán un referente muy valioso para impulsar el 
desarrollo social y económico de San Cristóbal. 
 
Se presenta una situación que constituye un problema de carácter administrativo y 
es que no existe un manual de procedimientos coactivos, ni un modelo de gestión 
para agilitar dichos procedimientos. Para lo anterior debe existir una dependencia 
que cree y regule estas acciones que en síntesis son mecanismos de control; la 
dependencia según la ley debe ser la oficina de Control Interno, que debe estar 
dentro de la dependencia financiera.